¿Sabías que un tercio de los #accidentes se producen por irrupciones o #atropellos de animales en las vías de circulación?
Los 3 pasos claves
1-Comprueba que tu cobertura incluye animales cinegéticos
2-En caso de no incluirla, solicita ampliación de cobertura
3- Si has sufrido un accidente no toques ni muevas al animal, ponte el chaleco refractante y señaliza la zona con los triángulos para avisar a otros conductores, haz fotos y avisa a una autoridad (Mossos, Guardia civil, Policia local….) para que emitan un atestado y poder reclamar a la compañía
En PRG te cotizamos tu seguro básico con la opción de asistencia y animales cinegéticos, para que tú decidas.
¿quién es el responsable en estos siniestros?
¿El siniestro está cubierto por el seguro de vehículo?
El Real Decreto 1095/1989 declara animales cinegéticos a las especies objeto de caza y pesca, divididos en caza menor y caza mayor, y a su vez en mamíferos, aves y peces, como por ejemplo (según comunidad autónoma): ciervo, corzo, gamo, cabra montes, rebeco, muflón, arrui, conejo, jabalí, liebre, zorro, lobo, perdiz, codorniz, paloma, tótola común, zorzal, agachadiza, pato, faisán, ganso, etc..
De todos ellos, el más peligroso es el jabalí, que está implicado en un tercio de los accidentes con animales.
Responsabilidad en caso de accidentes de tráfico con animales
En Mayo 2014 entró en vigor una de las principales modificaciones de la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Esta reforma se refería a la responsabilidad en el caso de accidentes de tráfico con animales.
Según dicha Ley, en los accidentes de tráfico en los que se vean implicados animales, concretamente, los considerados como especies cinegéticas, “será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas”.
¿si me llevo un animal por delante mientras conduzco la culpa es mía?
Efectivamente, si colisionas contra un animal en la carretera la responsabilidad es tuya, salvo en un par de supuestos:
Si el accidente o atropello del animal es consecuencia directa de “una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes”, en cuyo caso el responsable es el propietario del terreno.Si el accidente se produce “a consecuencia de no poseer una la valla de cerramiento en condiciones, no haberla reparado en plazo en caso de desperfectos en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentabilidad por colisión de vehículos con los mismos”, en cuyo caso, la responsabilidad es el titular de la vía.
¿Quién paga los daños si hay otro vehículo implicado?
La responsabilidad recae sobre el conductor, que es quien debe hacerse cargo de todos los gastos. Por eso aconsejamos ampliar cobertura en PRG, consúltanos sin compromiso.
Cobertura de daños por impacto contra animales cinegéticos
En la situación actual, algunas aseguradoras han ampliado sus pólizas e incluyen en la cobertura de daños propios, los daños ocasionados por impacto contra animales cinegéticos, como ampliación optativa en terceros o dentro de un seguro a todo riesgo.
Esta cobertura cubre los daños que pueda sufrir tu vehículo por impacto, colisión o atropello de un animal cinegético. Algunas compañías amplían la cobertura a los animales de granja o explotación ganadera y también a animales domésticos. En estos casos, si es posible identificar al propietario de dichos animales, la compañía podrá reclamar contra él, con lo que no imputará el siniestro al asegurado.
En todos los casos es requisito indispensable para poder hacer uso de dicha cobertura la existencia de atestado policial. Es decir, que si quieres reclamar al seguro por colisión contra un animal debes avisar a la guardia civil, Mossos escuadra… para que haga un informe de atestado
Para mayor información: Marta Salvador
WhatsApp 697 258 772
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